Cargos de elección popular

Qué hace cada uno, por qué importa su voto y cómo inscribir su aspiración. Periodo 2028-2031.

Alcalde · Alcaldesa

Qué hace: Jefe de la administración municipal. Ejecuta el presupuesto, lidera el plan de desarrollo y responde por servicios, vías y seguridad del municipio.

Por qué votar: Su voto elige a quien administra su municipio 4 años. Compare planes por pilares en el comparador.

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Concejal · Concejala

Qué hace: Coadministra con el alcalde: aprueba el presupuesto y el plan de desarrollo, y ejerce control político. El número de curules depende de la población (Ley 136 de 1994).

Por qué votar: Su voto decide quién vigila al alcalde y aprueba en qué se gasta la plata.

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Edil (JAL)

Qué hace: Representa a su comuna o corregimiento en la Junta Administradora Local: lleva las necesidades del barrio y vigila obras y servicios cercanos.

Por qué votar: Su voto acerca el poder a su cuadra: el edil es el cargo más cercano al ciudadano.

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Gobernador · Gobernadora

Qué hace: Jefe de la administración departamental. Coordina salud, educación, vías secundarias y apoyo a los municipios del departamento.

Por qué votar: Su voto elige a quien articula a su municipio con la región y la nación.

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¿Qué son las curules?

Cada curul es un escaño en el concejo municipal: un concejal electo. A más población, más curules (Ley 136 de 1994; verifique el dato oficial en la Registraduría).

HabitantesCurules
Hasta 5.0007
5.001 – 10.0009
10.001 – 20.00011
20.001 – 50.00013
50.001 – 100.00015
100.001 – 250.00017
250.001 – 1.000.00019
Más de 1.000.00021

Inscriba su aspiración

Solo mayores de 18 años. Su aspiración queda en revisión y se publica al aprobarse. La inscripción oficial de candidaturas se hace ante la Registraduría.

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